/ lunes 12 de abril de 2021

INE publica medidas sanitarias a acatar el día de las elecciones

El día de las elecciones, las y los funcionarios de mesas directivas de casilla portarán cubrebocas y caretas

El Instituto Nacional Electoral (INE), publico las medidas extraordinarias y temporales a causa de la pandemia de la Covid-19, que la ciudadanía deberá tomar en cuenta el día de jornada electoral del 6 de junio, así como el diseño de la boleta y urnas electrónicas que se utilizaran en Coahuila y Jalisco.

El extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece como medida extraordinaria y temporal, el uso del cubrebocas con la finalidad de proteger la salud de quienes se encuentren al interior de las casillas.

En su calidad de órgano constitucional autónomo y autoridad en la materia electoral, el INE tiene el deber de garantizar el derecho de acceso al ejercicio del voto y la renovación del Poder Legislativo federal, así como la renovación de los cargos de elección popular en las entidades federativas con elección concurrente.

El protocolo de atención sanitaria y protección a la salud para la operación de las casillas únicas el día de la jornada electoral, establece que las y los funcionarios de mesas directivas de casilla portarán cubrebocas y caretas.

“El ciudadano o ciudadana que se rehúse al uso del cubrebocas dentro de la casilla se les solicitará se retiren de ella, esto con el objetivo de cuidar la salud de quienes se encuentran al interior”, señala.

Foto: Daniel Augusto | Cuartoscuro

Esta medida, dice, no implica detrimento en el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, toda vez que el derecho a participar el día de la jornada electoral se encuentra garantizado.

Faculta a los presidentes de las mesas directivas de casilla que al momento de percatarse que un ciudadano quiera hacer su ingreso a la casilla sin portar en el rostro un cubrebocas, instruirá a algún escrutador a proporcionarle un cubrebocas, con el fin de poder ingresar a la casilla.

El INE también publico el Acuerdo Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el diseño de la boleta y demás documentación electoral que serán utilizados en casillas con urna electrónica para el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021.

El 06 de noviembre de 2020, el Consejo aprobó el diseño y la impresión de la boleta y demás documentación electoral para instrumentar el voto electrónico en una parte de las casillas únicas en las elecciones de Coahuila y Jalisco.

Destaca que el voto electrónico puede encausarse mediante equipos que no están conectados a internet u otra red, reciben la votación y almacenan los datos a través de una pantalla digital, en la que el elector oprime con el dedo el espacio designado en la boleta electrónica para el candidato, planilla o partido de su preferencia.

La urna electrónica genera un testigo de voto (una vez emitido) que permite al elector verificar la coincidencia en el sentido de su voto, dicho testigo se deposita en la urna diseñada para ello o en urnas convencionales.

Es decir, existen las medidas necesarias que proporcionan a la ciudadanía electora la certeza de que efectivamente su voto se computará en el sentido que así lo deseó.

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El Instituto Nacional Electoral (INE), publico las medidas extraordinarias y temporales a causa de la pandemia de la Covid-19, que la ciudadanía deberá tomar en cuenta el día de jornada electoral del 6 de junio, así como el diseño de la boleta y urnas electrónicas que se utilizaran en Coahuila y Jalisco.

El extracto del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece como medida extraordinaria y temporal, el uso del cubrebocas con la finalidad de proteger la salud de quienes se encuentren al interior de las casillas.

En su calidad de órgano constitucional autónomo y autoridad en la materia electoral, el INE tiene el deber de garantizar el derecho de acceso al ejercicio del voto y la renovación del Poder Legislativo federal, así como la renovación de los cargos de elección popular en las entidades federativas con elección concurrente.

El protocolo de atención sanitaria y protección a la salud para la operación de las casillas únicas el día de la jornada electoral, establece que las y los funcionarios de mesas directivas de casilla portarán cubrebocas y caretas.

“El ciudadano o ciudadana que se rehúse al uso del cubrebocas dentro de la casilla se les solicitará se retiren de ella, esto con el objetivo de cuidar la salud de quienes se encuentran al interior”, señala.

Foto: Daniel Augusto | Cuartoscuro

Esta medida, dice, no implica detrimento en el ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, toda vez que el derecho a participar el día de la jornada electoral se encuentra garantizado.

Faculta a los presidentes de las mesas directivas de casilla que al momento de percatarse que un ciudadano quiera hacer su ingreso a la casilla sin portar en el rostro un cubrebocas, instruirá a algún escrutador a proporcionarle un cubrebocas, con el fin de poder ingresar a la casilla.

El INE también publico el Acuerdo Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba el diseño de la boleta y demás documentación electoral que serán utilizados en casillas con urna electrónica para el Proceso Electoral Concurrente 2020-2021.

El 06 de noviembre de 2020, el Consejo aprobó el diseño y la impresión de la boleta y demás documentación electoral para instrumentar el voto electrónico en una parte de las casillas únicas en las elecciones de Coahuila y Jalisco.

Destaca que el voto electrónico puede encausarse mediante equipos que no están conectados a internet u otra red, reciben la votación y almacenan los datos a través de una pantalla digital, en la que el elector oprime con el dedo el espacio designado en la boleta electrónica para el candidato, planilla o partido de su preferencia.

La urna electrónica genera un testigo de voto (una vez emitido) que permite al elector verificar la coincidencia en el sentido de su voto, dicho testigo se deposita en la urna diseñada para ello o en urnas convencionales.

Es decir, existen las medidas necesarias que proporcionan a la ciudadanía electora la certeza de que efectivamente su voto se computará en el sentido que así lo deseó.

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